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Código de

Ética

Principios de ética de Key Capital S.A.P.I de C.V.

 

Competencia por mérito: Las y los trabajadores de Key Capital deberán ser seleccionados para su cargo de acuerdo a su habilidad profesional, capacidad y experiencia, garantizando la igualdad de oportunidad, atrayendo a los mejores candidatos para ocupar las vacantes mediante procedimientos transparentes, objetivos y equitativos.

Confidencialidad: Velar que la información confidencial obtenida durante los procesos que lleven a cabo no sea revelada a familiares, amistades y a otras personas ajenas al Instituto por ningún medio. Se deberá guardar extrema prudencia en el uso y protección de la información obtenida en el desarrollo de su trabajo y dar a conocer los resultados y actuaciones del Instituto únicamente en los términos, circunstancias y plazos establecidos por la Ley; Asimismo, deberán tener extremo cuidado en la obtención, generación, posesión, administración, transmisión y protección de datos personales contenidos en la documentación e información que conozcan con motivo de sus funciones.

Disciplina: Deberán desempeñar su empleo, cargo o comisión, de manera ordenada, metódica y perseverante, con el propósito de obtener los mejores resultados en el servicio o bienes ofrecidos.

Economía: En el ejercicio del gasto que administrarán los bienes, recursos y servicios con legalidad, austeridad y disciplina para satisfacer los objetivos y metas a los que estén destinados.

Eficacia: Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas de la organización según sus responsabilidades y mediante el uso responsable y claro de los recursos asignados, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación.

Eficiencia: Actuar en apego a los planes y programas previamente establecidos y optimizan el uso y la asignación de los recursos en el desarrollo de sus actividades para lograr los objetivos propuestos.

Equidad: Las y los trabajadores procurarán que toda persona acceda con justicia e igualdad al uso, disfrute y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades.

Honradez: Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscan o aceptan compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, debido a que están conscientes que ello compromete sus funciones y que el ejercicio de cualquier cargo implica un alto sentido de austeridad y vocación de servicio.

Imparcialidad: Otorgar al personal en general, el mismo trato, sin conceder privilegios o preferencias a organizaciones o personas, evitando que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva.

Integridad: Actuar en congruencia a los principios y valores requeridos en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función, convencidas en el compromiso de ajustar su conducta para que impere en su desempeño una ética que responda al interés de Key Capital y generen certeza plena de su conducta frente a todas las personas con las que se vinculen u observen su actuar.

Lealtad: Las y los trabajadores corresponden a la confianza que Key Capital les ha conferido, con vocación absoluta de servicio a la sociedad, y satisfacen el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general.

Legalidad: Las y los trabajadores hacen sólo aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento someten su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que conocen y cumplen las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones.

Libre acceso: Toda información es de libre acceso, salvo la clasificada expresamente como reservada o confidencial, por lo que en sus actuaciones velan por el cumplimiento de dicho principio.

Objetividad: Preservar el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general, actuando de manera neutral e imparcial en la toma de decisiones, que a su vez deberán de ser informadas en estricto apego a la legalidad.

Profesionalismo: Las y los trabajadores deberán conocer, actuar y cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas de conformidad con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuibles a su empleo, cargo o comisión, observando en todo momento disciplina, integridad y respeto, tanto a los demás compañeros como a las y los particulares con los que llegare a tratar.

Transparencia: Las y los trabajadores en el ejercicio de sus funciones privilegian el principio de máxima publicidad de la información, atendiendo con diligencia los requerimientos de acceso y proporcionando la documentación que generan, obtienen, adquieren, transforman o conservan; y en el ámbito de su competencia, difunden de manera proactiva información, como un elemento que genera valor a la sociedad y promueve una organización abierta, protegiendo los datos personales que estén bajo su custodia.

Certeza: Brindar confianza en nuestras acciones.

Empatía: Intercambiar y comunicar de forma efectiva pensamientos, ideas y sentimientos entre las partes involucradas.

Proactividad: Emprender iniciativas en pro de los objetivos de la organización.

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